PREGUNTAS FRECUENTES

Es un modo de extinguir tus obligaciones de pago, por haber transcurrido el tiempo que
indica la ley y alegarse dentro de un juicio.

Depende, para letras pagarés y cheques el plazo es de un año, para escrituras hipotecarias y sentencias judiciales el plazo es de tres años, y para todo tipo de deuda el plazo es de cinco años.

Un embargo es una medida legal en la cual un juez autoriza que se retengan o confisque parte de los bienes de una persona para asegurarse de que cumpla con una obligación de pago.
Es comúnmente utilizado cuando alguien no paga una deuda, en los caso de un juicio de cobranza. El embargo puede afectar sus bienes inmuebles (casas, departamentos), y bienes muebles (muebles, vehículos, dinero)

El plazo para defenderte en un juicio de cobranza es de ocho días desde que te han notificado de una demanda,
Es MUY importante que no dejes pasar estos plazos sin hacer nada, ya que podrías perder tu derecho a defenderte.

Las formas de defensa en un juicio de cobranza dependen de las circunstancias del caso, pero algunas defensas comunes incluyen:
Prescripción de la deuda: Si ha pasado el tiempo establecido por la ley para cobrar la deuda (el plazo de prescripción), puedes argumentar que la deuda ya está prescrita y no se puede reclamar.
Excepciones procesales: Puedes presentar excepciones legales que invaliden el juicio, como la falta de fundamento en la demanda o que el demandante no sea el titular legítimo de la deuda, también solicitar la nulidad de la obligación que se pretende cobrar.
Falta de notificación adecuada: Si no fuiste notificado adecuadamente del juicio, puedes argumentar que no tuviste la oportunidad de defenderte.
Pago de la deuda: Si ya pagaste la deuda o una parte de ella, debes presentar pruebas de este pago (recibos, transferencias bancarias, etc.) para demostrar que no debes el monto completo.
Renegociación de la deuda: Aplica para aquellos casos en que la deuda es de un monto pequeño y es de mayor conveniencia económica para el deudor repactar que una defensa judicial.

La tercería es un recurso legal que puedes utilizar si consideras que un embargo afecta bienes que no son de tu propiedad o que, por alguna razón, no deben ser embargados. En este caso, una persona o empresa que no está involucrada directamente en el juicio (el «tercero») puede presentar una tercería de dominio o tercería de posesión para defender esos bienes.
Este recurso puede interrumpir el proceso de embargo y apremios y tiene como objetivo el impedir que rematen bienes que no son de propiedad del deudor y que por error han sido embargados.

Si te encuentras en un juicio de cobranza o en una situación relacionada con embargo, lo más recomendable es consultar con un abogado especializado en el tema, ya que cada caso tiene particularidades que podrían cambiar las posibles estrategias de defensa, LLÁMANOS AL +569 7558 9104

 Si, los datos de informes comerciales negativos pueden ser bloqueados y eliminados sin pagar ni renegociar la deuda, este procedimiento se apega a las leyes de información de datos personales.

La eliminación es de definitiva y tus antecedentes no volverán a aparecer en sus informes comerciales una vez sea prescrita la acción de cobro.

Notificada la demanda gestionamos la ELIMINACIÓN PROVISORIA de tus deudas mientras dura la tramitación del juicio,

La eliminación provisoria demora 45 días desde comenzada nuestras gestiones el trámite.
La eliminación definitiva se obtiene entre 6 y 8 meses, desde que se demanda la prescripción de la deuda.

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